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RESUMEN:2.8 Legislación de menores

RESUMEN:2.8 Legislación de menores

LEGISLACION EN MATERIA DE MENORES

SITUACION JURIDICA DEL MENOR

determinada por la constitución y el conjunto de acuerdos internacionales en la convención De Derechos Del Niño(1989).menor es aquella persona que no tiene plena capacidad de obrar o actuar libre y voluntariamente hasta la mayoría de edad (18 años), los representantes legales del menor son los que deben suplir la incapacidad de este.

AMBITOS DE INTERVENCION

Ámbito de protección:determinado por el incumplimiento de los derechos del niño; cuidados,educación y asistencia que los padres o tutores deben realizar.

Ámbito de responsabilidad:determinado por la infracción que el menor puede hacer de las normas penales, esta comporta la vulnerario de los derechos fundamentales de otras personas.

PROTECCION JURIDICA DEL MENOR

Esta regulada por la ley orgánica 1/1996 de 15 de enero. El artículo 2 del código civil enuncia:<En la aplicación de la presente ley primara el interés superior de los menores sobre cualquier otro interés legitimo que pudiera concurrir...>.

Sobre Las Medidas Para Facilitar El Ejercicio De Los Derechos De Los Menores

en el articulo 11 se señalan los principios rectores de la actuación de los poderes públicos:

-La supremacía del interés del menor

-El mantenimiento del menor el el medio familiar de origen,salvo que no sea conveniente para su interés

-La integración familiar y social del menor.

El articulo 10.3 hace referencia también a los derechos de los menores extranjeros en los términos de:Derecho a la educación,a la asistencia sanitaria y a los demás servicios aun cuando no residieran legalmente en España.

*Actuación en situaciones de desproteccion del menor:

Tipo de intervención a realizar.-

-Situaciones de riesgo:Se caracterizan por la existencia de un perjuicio para el menor que no alcanza la gravedad suficiente para justificar la separación del núcleo familiar. La intervención se limita a intentar eliminar, dentro de la familia,los factores de riesgo y a promover los factores de protección del menor y si familia.

-Situaciones de desamparo:En estos la gravedad de los hechos aconseja la extracción del menor de la familia. En estos casos la entidad publica se hace cargo de la tutela del menor y la consiguiente suspensión de la patria potestad o tutela ordinaria.

La ley obliga a toda persona que detecte una situación de riesgo o posible desamparo de un menor prestarle auxilio inmediato y de comunicarlo a la autoridad,también comunicar la ausencia habitual o sin justificación del centro escolar.

Acogimiento:

Cuando se acuerde el acogida residencial de un menor se procurara que este internado el menor tiempo posible para no privarlo de vivir en familia.

Acogimiento familiar:Es una figura que otorga la guarda de un menor a una persona o núcleo familiar con carácter temporal, existen 3 tipos:

-Acogimiento familiar simple:De carácter transitorio,se prevee el retorno al núcleo familiar de origen,existe la posibilidad de ser permanente.

-Acogimiento familiar permanente:Si las circunstancias lo requieren se amplia la estancia con la familia acogedora y a esta se le atribuyen las funciones de la tutela para facilitar el desempuñar de sus responsabilidades.

-Acogimiento familiar pre adoptivo:Si los acogedores reúnen los requisitos necesarios y han presentado ante las entidades publicas su consentimiento a la adopción y el menor se encuentra en situación jurídica para su  adopción.

RESPONSABILIDAD PENAL DEL MENOR

Para los menores  que transgreden las normas penales se intentan reforzar las garantías de sus derechos fundamentales con medidas sancionadoras enteramente re educadoras.

Ámbito de aplicación de la ley:

Para que se le pueda aplicar dicha ley se parte de la presunta participación del menor en un hecho delictivo y se establecen los limites en función de la edad:

-menores de 14 años

-menores de 14 a 18 años

Los menores de 14 años:se considera que no son plenamente responsables si cometen un hecho delictivo por lo que no habrá pena,la ley prevé la aplicación de las normas sobre protección de menores y solo se aplicaran medidas si se considera necesario. Que un menor no tenga responsabilidades penales no significa que no tenga responsabilidades civiles.

Los menores de 14 a 18 años: si cometen un delito pueden ser declarados responsables penales, la ley distingue 2 tramos de edad: la franja de 14 a 15 y la franja de 16 a 17.

Articulo 9.4:”Cumplidos los 16 en el momento en el que se comete un hecho delictivo la duración de las medidas podrá alcanzar un máximo de 5 años siempre que el delito haya sido cometido con violencia o intimidación o con grave riesgo para la vida o la integridad física de las mismas* si la medida son prestaciones en beneficio de la comunidad podrá alcanzar las 200 horas y la de permanencia de fin de semana de 16 fines de semana.” Esta posibilidad no se da cuando el menor acusado tiene entre 14 y 15 años.

La ley permite que la victima se persone en la causa si el menor infractor tiene mas de 16 años*, la ley también prevé la responsabilidad civil solidaria(padres,tutores...)

FASES Y PROCEDIMIENTO DEL PROCESO

Fase de instrucción:

-Fase preliminar:Acordada por el ministerio fiscal.-

                           Admisión o no tramite de la denuncia

                           La incompetencia para conocer la denuncia

                           El archivo

                           El desistimiento por corrección en el ámbito educativo

                           La practica de diligencias

                           La incoacion del Expediente

-Tramitación de expediente:Se acordara la notificación al menor y a sus representantes legales y se podrá

                                              hacer la solicitud de informe al Equipo Técnico, apertura, anotación del       

                                              Expediente Personal del menor y practica de diligencias.

-Conclusión de la Instrucción:El expediente lo remite el Ministerio Fiscal.-

                                               Sobreseimiento libre

                                               Sobreseimiento provisional

                                               Sobreseimiento en interés del menor

                                               Continuar la tramitación

El Equipo Técnico tiene las siguientes funciones:

-Asistencia al menor o joven expedientado

-El asesoramiento sobre la adopción de medidas cautelares

-La elaboración del informe del equipo técnico

-La intervención en los procesos de mediación

Fase de audiencia (juzgado de menores):

-Fase intermedia: el juez podrá acordar sobreseimiento, inhibición a otro juzgado o continuación de la tramitación si el menor estuviera conforme con la medida solicitada por el fiscal en su escrito el juez dictara sentencia sin mas tramite.

-Celebración de la audiencia: se practicaran las pruebas propuestas por las partes y que puedan realizarse en el acto de la audiencia.

-Sentencia: el juez dictara sentencia en el plazo de 5 días desde la celebración de la audiencia, podrá acordarse la suspensorio de la ejecución del fallo siempre que la medida no sea superior a 2 años. Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la audiencia provincial.

Fase de ejecución:

Las medidas a imponer vendrán determinadas por el hecho que genero el proceso, pueden ser clasificados según su gravedad en delitos o en faltas. La duración de las medidas no podrá exceder de 2 años computándose el tiempo ya cumplido por el menor en medida cautelar.

-Las medidas cautelares: su finalidad es la de prevenir la posible obstrucción de la justicia por parte del menor se establecen cuando existan indicios de que ello se fuera a producir, valorando la posible alarma social producida y las circunstancias personales y sociales del menor:

 -internamiento en un centro en el régimen adecuado.

 -libertad vigilada.

 -convivencia con una persona, familia o grupo educativo.

 -medidas para la protección y custodia del menor.

 - instar el proceso de incapacitarlo del menor o joven.

-Las medidas definitivas:

 -internamiento en régimen cerrado: residirán en el dentro y en el desarrollaran las actividades formativas, educativas, laborales y de ocio.

 -internamiento en régimen abierto:residirán en el centro pero podrán realizar fuera de el actividades formativas,educativas, laborales y de ocio.

-internamiento en régimen abierto:llevaran actividades del proyecto educativo en los servicios normalizados residiendo en el centro como domicilio habitual con sujeción al programa y régimen interno del mismo.

-internamiento terapéutico:realizara una atención educativa especializada o tratamiento especifico a personas que padezcan anomalías o alteraciones psíquicas, dependencias o alteraciones en la recepción.

 -permanencia de fin de semana en el domicilio o en un centro:permanecerán en su domicilio o en su centro hasta un máximo de 36 horas entre la tarde o noche del viernes y la noche del domingo, a excepción del tiempo dedicado a tareas socio educativas asignadas por el juez no podrá superar los 8 fines de semana.

 

Medidas en medio abierto:

-Asistencia a un centro de día:Residirán en su domicilio habitual y acudirán a un centro a realizar actividades de apoyo,educativas,formativas,laborales o de ocio.

-Tratamiento ambulatorio:Asistir al centro designado con la periodicidad requerida y seguir las pautas para el adecuado tratamiento que necesite el usuario, se puede aplicar solo o como complemento a otra medida.

-Libertad vigilada:Se hace un seguimiento de la actividad de la persona  y de su asistencia a la escuela ,centro de formación o lugar de trabajo procurando ayudar a superar los factores causantes de la infracción. Esta medida obliga a seguir las pautas socio educativas que señale la entidad publica o el profesional de acuerdo con el programa.

-Convivencia con otra persona,familia o grupo educativo:Se convive durante un periodo establecido por el juez con otra persona,con una familia distinta a la suya o con un grupo educativo seleccionados a orientar al menor en su proceso de socializador.

-Prestaciones en beneficio de la comunidad:Esta mecida no podrá imponerse sin el consentimiento del afectado, ha de realizar las actividades no retribuidas que se le indiquen ,de interés social o en beneficio de personas en situación de precariedad, no podrá superar las 100 horas.

-Realización de tareas socio-educativas:Se ha de realizar actividades especificas de contenido educativo encaminadas a facilitarle el desarrollo de su competencia social.

-Amonestación:Consiste en la represión de la persona llevada a cabo por el juez dirigida a hacerle comprender la gravedad de los hechos y la consecuencias de los mismos.

-Privación del permiso de conducir:O el derecho a obtenerlo o de las licencias administrativas para caza o para uso de cualquier tipo de armas.

MEDIACION EN EL AMBITO DE JUSTICIA JUVENIL

la intervención del mediador consiste en conducir el proceso de resolución del conflicto ayudando a llegar a un acuerdo y a elaborar un informe.

La mediación se inicia a instancia del ministerio fiscal ,el juez de menores puede finalizar las actuaciones y archivar el expediente judicial. La mediación no solo incide en el infractor, la victima tiene la oportunidad de ser escuchada , el mediador debe llevar el proceso sin imponer soluciones.

 

 

NOTICIAS:VIOLENCIA DE GENERO

Gais y lesbianas afirman que no están protegidos por la ley de violencia de género.

La Confederación Española de Lesbianas, Gais, Bisexuales y Transexuales (Colegas), denunció ayer que la Ley Integral de Violencia de Género no los protege y ha exigido un cambio urgente de la normativa para que las agresiones en las parejas del mismo sexo sean consideradas violencia doméstica y, por tanto, estén amparadas por las medidas que contempla la ley integral.

Tras conocer el asesinato, el martes, de un homosexual en Adra (Almería) por parte de su ex esposo y el posterior suicidio de este, la organización recordó que la violencia doméstica entre parejas homosexuales es una realidad invisible, que no se denuncia, y que la actual ley no reconoce. «Los gais y lesbianas no podemos acogernos a la actual ley para obtener el alejamiento de nuestras parejas en caso de violencia, ni el acceso a centros de acogida», indica en un comunicado de prensa la vicepresidenta de Colegas, Rosa Ortega.

Esta confederación considera necesario romper con el mito de que en las relaciones homosexuales no existe el maltrato: «Las víctimas gay-lésbicas de la violencia doméstica son igualmente comparables a las mujeres víctimas de violencia de género, y quien diga lo contrario no solo miente descaradamente sino que va contra los derechos de gais y lesbianas y los derechos humanos en general», indican en el texto.

Protección del Código Penal

El presidente de la Audiencia Provincial de Almería, Benito Gálvez, dijo ayer que este asesinato no puede tramitarse como un caso de violencia doméstica, algo que sí ocurriría si el matrimonio hubiera estado compuesto por mujeres.

En una rueda de prensa tras el crimen, Gálvez consideró que a efectos legales este caso no podría tramitarse por un juzgado específico de violencia doméstica, sino que se enjuiciaría como un delito ordinario contra la vida. El delegado del Gobierno para la Violencia de Género, Miguel Lorente, aseguró por tanto que las personas que sufren agresiones en el ámbito familiar por parte de su pareja del mismo sexo no están desprotegidas, porque son agresiones que se juzgan con el Código Penal y cuyas víctimas reciben las ayudas previstas en la Ley de Protección de Víctimas de delitos violentos.

Por su parte, la consejera para la Igualdad y Bienestar Social de Andalucía, Micaela Navarro, dijo que aunque duda si incluir este suceso en violencia doméstica, está claro que también en las relaciones homosexuales hay situaciones en las que una persona quiere someter a otra.

NOTICIAS :MENORES

Educación social y menores con medidas de protección

08.04.2009 -
CARMELO HERNÁNDEZ
L os programas de intervención que abordan problemáticas relacionadas con la situación de desprotección que sufren los menores suelen sustentarse en criterios de intervención relacionados con los perfiles diferenciales de desarrollo evolutivo por los que atraviesan los menores, el análisis concreto de las posibles variables que podrían están en la raíz del conflicto que específicamente ha originado la situación de desprotección y el fomento de estímulos y refuerzos positivos que promuevan el aprendizaje de comportamientos sociales asertivos que favorezcan su integración social.
Sin embargo, si me pidieran que me pronunciara respecto de qué metodología desarrollaría de manera urgente en la intervención con menores en situación de desprotección, claramente les diría que debe ser prioritaria la promoción de la conducta prosocial asertiva en la intervención psicoeducativa con menores en situación de riesgo de exclusión social, cuando dicha exclusión puede estar favorecida por el desamparo previo sufrido por el menor.
La conducta prosocial conlleva un medio y un fin. Como medio constituye un vehículo experiencial de aprendizajes que van a ayudar al menor a prevenir, por sí mismo, el desarrollo no deseable de conductas antisociales y a valorar la adquisición de competencias y habilidades sociales de un modo adaptativo y funcional. Como fin, la conducta prosocial, persigue fortalecer la expresión habitual, en el día-a-día, de comportamientos-meta, que en sí mismos son como pequeños desafios o metas de logro, claramente definidas para facilitar su consecución, y que abarcan desde los objetivos más sencillos y cotidianos (a muy corto plazo) hasta aquellos otros más complejos y elaborados ( a medio o largo plazo), apoyándose en una hoja de ruta que el propio menor elabora en interrelación con el educador social en el momento de proponer el entrenamiento para aprender a desarrollar este tipo de conductas.
Es importante que no perdamos de vista que estos menores provienen de contextos desestructurados que, en la mayoría de los casos, no les han facilitado los recursos más idóneos para aprender y desarrollar comportamientos prosociales ni para mantener este tipo de comportamientos de manera sostenida en el tiempo, generalmente porque no se les refuerzan y en muchos casos, porque, además, este tipo de comportamientos no son consideran deseables en sus entornos de origen, en lo que, por el contrario, se les ha potenciado la identificación con estereotipos y patrones de comportamiento, que se sustentan en principios y valores que nada tienen que ver con la conducta prosocial asertiva.
Es por tanto fundamental a la hora de trabajar con menores en situación de desprotección ayudarles a desarrollar la capacidad o habilidad que tiene o puede adquirir una persona en su misma situación para resistir a un contexto desfavorable que podría conducirle a situaciones de fracaso personal y social. Esta habilidad o capacidad para resistir a un contexto adverso puede fomentar que estos menores se sobrepongan a estas realidades y se valgan de estrategias positivas para la resolución de conflictos y situaciones de tensión.
Es también siempre necesaria una toma de conciencia del problema situacional por el que atraviesan los menores, reconocer e identificar la situación por la que se está atravesando, como requisito imprescindible para establecer un punto de inflexión en el éxito o fracaso de su curriculo existencial y evolutivo. El menor no sólo debe aprender a desarrollar y optimizar las habilidades y recursos competenciales, sino que, además, debe comenzar a valorar la educación social como el vehículo idóneo para desarrollar comportamientos que son valorados positivamente por los demás por ser más ajustados y solidarios con las necesidades y problemas de la sociedad en su conjunto.

NOTICIAS :MENORES

Más de medio centenar de menores fueron declarados en riesgo en 2008

El día de Arona.

Más de 60 menores del municipio de Arona fueron declarados en situación de riesgo el año pasado por la Concejalía de Servicios Sociales, "cifra que representa una subida significativa con respecto a 2007", según manifiesta la concejal del área, Clara María Pérez.

La responsable del departamento municipal, que se mostró preocupada por este hecho, comenta que una vez "detectamos el problema se pone en marcha el mecanismo para intentar solucionar el problema", con la participación de 10 técnicos municipales entre trabajadores sociales, educadores familiares y psicólogos.

Indica que "antes de declarar el riesgo se advierte a los padres de que los menores están en una situación de prerriesgo, cifra que en 2008 superó los 300".

Desde ese momento "se comienza a trabajar con las familias en todos los ámbitos, desde el nivel educativo hasta el sanitario, pasando por el familiar", expresa la edil.

Pérez indica que "el objetivo es, por tanto, implicar a los padres para que subsanen la situación y que el menor, que es lo que nos importa, sea atendido como corresponde".

Explica que el trabajo con las familias no es fácil y la constancia es fundamental para que las causas que derivaron al prerriesgo se resuelvan definitivamente y "regrese la normalidad" a los núcleos familiares.

La concejal responsable del Patronato de Servicios Sociales de Arona reconoce que numerosas familias no lo logran y después de un tiempo trabajando con las mismas "no nos queda más remedio que declarar el riesgo", contabilizando el año pasado a 60 menores.

Explica que este hecho, en que se sigue trabajando con los padres de los niños afectados, implica la apertura del correspondiente expediente administrativo, en el que se reflejan las circunstancias que han derivado en el riesgo.

Plan de intervención

Además, se inicia un plan de intervención consensuado con las familias "para garantizar el bienestar del menor y donde el Patronato de Servicios Sociales presta apoyo en todos los niveles", manifiesta la concejal del grupo de gobierno del Ayuntamiento de Arona.

Clara María Pérez indica que todas estas medidas se desarrollan durante un determinado plazo de tiempo para que los progenitores tomen conciencia del problema y actúen con la máxima inmediatez para evitar medidas más drásticas.

La edil explica que "cuando no podemos solucionar las circunstancias que provocaron el riesgo se comunica a la Dirección General del Menor del Gobierno regional lo que está sucediendo y es cuando se declara la situación de desamparo, sacando al niño del entorno familiar".

Dicha medida "extrema" tuvo que ser aplicada en el municipio de Arona en tres casos, "donde se actúa para garantizar la integridad del menor", comenta la concejal nacionalista, quien destaca que "estamos hablando de casos donde los padres tienen problemas, fundamentalmente por el consumo de drogas y alcohol".

NOTICIAS INTERNACIONALES (BOLIVIA)

NOTICIAS INTERNACIONALES (BOLIVIA)

Las ONG en la hora de las definiciones

Para las ONG de El Alto, y para todas las que trabajan a lo largo y ancho del país, también ha llegado la hora de las definiciones

Hace unos días, cuando Evo Morales dijo que había llegado “la hora de las definiciones”, y trazó una línea a un lado de la cual debían ubicarse sin titubeos los que están con el “proceso de cambio”, y al otro sus enemigos, no hablaba en vano. Sabía lo que decía, y esperaba que sus seguidores, tanto los incondicionales como los que no lo son tanto, entiendan el significado de sus palabras.

Las primeras reacciones no se dejaron esperar. Uno de sus principales aliados políticos, el Movimiento Sin Miedo de Juan del Granado, se reunió en un ampliado para decidir si están dispuestos a renunciar a su actitud crítica para convertirse en dóciles seguidores del masismo, o si se mantendrán leales a los principios básicos inherentes a una izquierda democrática. Pero ante la duda, optaron por abstenerse y postergar para junio tan importante decisión.

No fueron tan dubitativos los dirigentes de la Central Obrera Regional de El Alto, quienes decidieron dar el ejemplo y asumir el rol de inquisidores e iniciar la purga. A quienes no consideran suficientemente masistas*, y por consiguiente, siguiendo la lógica de Morales, son fascistas, los expulsarán de la urbe alteña y expropiarán sus bienes.

Para dar el primer ejemplo aleccionador, han decidido acallar y exiliar de El Alto a un comunicador social de amplia trayectoria, a quien acusan de haber criticado a dirigentes de los “movimientos sociales”. No se conforman con privarle del derecho al trabajo y a la libre expresión. Además de ello, le quieren prohibir que pise la ciudad que en los hechos gobiernan.

El segundo objetivo de esa ofensiva “purificadora” son las 145 Organizaciones No Gubernamentales que trabajan en esa ciudad. A ellas las han conminado a que en el plazo de 30 días les presenten sus informes económicos y sometan las actividades que realizan a una evaluación de los dirigentes. “Los alteños no dudaremos en echarlos y tomar las instalaciones que edificaron a nombre de la pobreza de los alteños”, han dicho, y ya se preparan para dar el zarpazo.

Entre las muchas ONG que han sido conminadas a decidir “si son masistas o fascistas”, hay por ahora sólo una que ha rechazado el trato que los dirigentes alteños le pretenden dar. Es el Centro de Promoción de la Mujer Gregoria Apaza que desde hace 26 años brinda múltiples servicios a las mujeres de El Alto. Ellas han decidido salir en defensa de la institución y se niegan a someterse a los dictados de la COR.

¿Qué dirán, y qué harán las otras 144 ONG de El Alto? ¿Y las varias centenas que trabajan a lo largo y ancho del país? ¿Cuántas de ellas aceptarán por ponerse de rodillas ante los inquisidores del MAS? Es difícil saberlo. Pero lo que sí es seguro es que para ellas también ha llegado la hora de las definiciones.

*Masistas:seguidores del partido politico MAS(Movimiento al Socialismo)

PLAN DE MEJORA DEL CENTRO

Al centro que  asistimos (CRUZ ROJA) creemos que para un mejor  funcionamiento de este centro  ampliariamos las instalaciones, a pesar de que estas son nuevas parace ser que no han sido diseñadas para las necesidades a cubrir por  el centro.

Las salas de reuniones o los despachos donde reciben  a las usuarias no son espaciosas para posibles imprevistos (mujeres que acuden con niños, grupos amplios de persona, etc)

Otro inconveniente que encontramos es que cada vez que nos intentamos poner en contacto con algun departamento determinado, lo hacemos a traves de un número común para todos.

Lo que creemos es que lo ideal seria que cada departamento tuviera su propio número de contacto, para que el contacto sea más directo y sin intermediarios.

ANDREA SUBIETA Y GRACIELA DIAZ

ENTREVISTA CRUZ ROJA MUJERES:

 

 

1.¿CUÁL O CUÁLES SON LAS CARACTERÍSTICAS MÁS COMUNES QUE PRESENTAN LAS MUJERES QUE SOLACITAN VUESTRA AYUDA?

 

SON SIEMPRE MUJERES CON O SIN HIJOS QUE SON VICTIMAS DE MALTRATO DE GENERO.ASI COMO TAMBIEN PUEDEN PRESENTAR PROBLEMAS AÑADIDOS COMO NO TENER TRABAJO,NO TENER UNA AYUDA FAMILIAR NI ECONÓMICA .

 

2.¿QUÉ SERVICIOS OFRECEIS A ESTE TIPO DE COLECTIVO?

 

SERVICIOS DE ACOGIDA EN EL CENTRO DE EMERGENCIA O CASAS Y PISOS DE ACOGIDA .Y RECURSOS COMO LOS TELEFONOS DE ATENCIÓN Y LA ALARMA DE EMERGENCIA.

 

3.¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS O CONDICIONES DEBE TENER LA MUJER QUE SOLICITA LA AYUDA?

 

LOS REQUISITOS SON QUE TIENEN QUE SER MUJERES VICTIMAS DE MALTRATO, NO TENER AYUDA FAMILIAR NI ECONÓMICA Y QUE SU SITUACIÓN SEA PELIGROSA PARA ELLAS Y PARA SUS HIJOS.

LAS CONDICIONES QUE TIENEN QUE CUMPLIR SON QUE TIENEN QUE ESTAR DISPUESTAS A ENTRAR EN SU PROGRAMA FIRMANDO ASI UN CONTRATO DE CONFIDEALIDAD SOBRE LOS DATOS DEL CENTRO O LUGARES DE RESIDENCIA.

 

4.¿CUÁLES SON LOS PROBLEMAS MÁS FRECUENTES QUE PRESENTAN LAS MUJERES AL LLEGAR AL CENTRO?

 

SUFREN MALTRATO FISICO Y PSIQUICO,DESORIENTACION. BAJA AUTOESTIMA,CONFLICTIVIDAD CON SU PROPIA PERSONA,Y SOBRE TODO CARENCIA DE INFORMACIÓN SOBRE LOS RECURSOS A LOS QUE PUEDEN ASPIRAR Y FORMACIÓN LABORAL Y OCUPACIONAL YA QUE SUFREN PROBLEMAS ECONOMICOS, LABORALES Y DE VIVIENDA.

EN OCASIONES ACUDEN CON HIJOS Y TODO LOS PROBLEMAS DERIVADOS DE SU BIENESTAR Y SU FORMACIÓN.

 

5.A LA HORA DE LA CONVIVENCIA ¿SUELEN PRESENTAR MUCHOS CONFLICTOS?

 

LOS PROBLEMAS TIPICOS DERIVADOS DE LA CONVIVENCIA PERO SIN MÁS, LO HABLAMOS CON ELLAS Y YA VALE.

 

6.LAS MUJERES QUE ACUDEN CON HIJOS AL CENTRO ¿CUÁLES SON LO RECURSOS HUMANOS DEL QUE DISPONEN?

 

TANTO DE PROTECCIÓN COMO DE SUPERVIVENCIA,ASI COMO TAMBIÉN CUENTA CON RECURSOS FORMATIVOS COMO EL APOYO ESCOLAR.

 

7.¿LOS PROFESIONALES QUE TRABAJAN EN CRUZ ROJA CUENTAN CON EL APOYO DEL VOLUNTARIADO?

 

SI CLARO TENEMOS VOLUNTARIOS EN TODA LOS COLECTIVOS CON LOS QUE TRABAJA CRUZ ROJA

 

8.¿QUÉ TÉCNICAS UTILIZAIS CON ESTE COLECTIVO?

 

LA TÉCNICA DE LA ENTREVISTA ES LA MÁS USADA ASI COMO EL GRUPO DE DISCUSIÓN SI EXISTE ALGUN TIPO DE CONFLICTO

 

9.EN EL CASO DE QUE SUFRAN ALGÚN TIPO DE DEPENDENCIA O ADICCIÓN. ¿QUÉ TIPO DE AYUDA RECIBEN?

 

EN ESTOS CASOS SE LES DERIVA A OTROS CENTROS DON DE SE LAS PUEDA AYUDAR CON SU PROBLEMA.

 

10.¿CRUZ ROJA DISPONE DE CENTROS DE ACOGIDA ?

 

SI EL CENTRO DE EMERGENCIA COMO LOS PISOS DE ACOGIDA.

 

11.¿CRUZ ROJA RECIBE ALGUN TIPO DE SUBVENCIÓN?

 

SI CLARO YA QUE ES UN ORGANISMO PÚBLICO Y SIN ÁNIMO DE LUCRO SUS ÚNICOS INGRESOS SON DE LOS FONDOS DE LAS OBRAS SOCIALES DEL ESTADO.

 

12.Y POR ÚLTIMO ¿HAY CAVIDA EN ESTE COLECTIVO PARA EL INTREGRADOR SOCIAL?

 

SI CLARO LOS PROFESIONALES DE LOS QUE DISPONEMOS SUELE SER UN PSICÓLOGO, UNA TRABAJADORA SOCIAL Y UN INTEGRADOR.

ANDREA SUBIETA  Y  GRACIELA DIAZ

NOTICIA INTERESANTE SOBRE LA INMIGRACION

Llegaron siendo menores; hoy no recomiendan venir a España

  • Tres de estos inmigrantes llegaron a España en patera siendo menores de edad
  • Cumplidos los 18 años, ninguno de ellos había obtenido el permiso de residencia
  • Ahora que lo tienen, no consiguen trabajo por culpa de la crisis económica  
 04-03-2009

Los africanos Sadik, Félix, Daniel y Adnan llevan casi seis años en España. Emprendieron su viaje a Canarias cuando aún eran menores de edad, igual que la mayor parte de los ocupantes de la patera que naufragó el pasado día 15 en Lanzarote. Ellos también partieron de Marruecos en busca de un futuro mejor. Y, aunque no corrieron tan mala suerte, lo que encontraron aquí poco tiene que ver con lo que esperaban. "Hace unos días hablé con un amigo que quiere venir a España", cuenta Félix, de 21 años y nacido en Ghana, "le dije que no, que la vida es muy difícil aquí, pero no me creyó". "La gente no nos cree", puntualiza Sadik, también de 21 años y de Ghana. La imagen de España es buena y ni la crisis, ni lo que cuentan por teléfono, hace que sus compatriotas cambien de idea. "Mi amigo decía, ¿entonces por qué sigues ahí?", relata Félix, "con todo lo que he pasado no voy a volver ahora, pero si tuviese que empezar de nuevo, no hubiese venido". Él, como Sadik o Daniel, no volverían a embarcarse en aquella patera.

M.L.

De izquierda a derecha: Adnan, Sadik, Daniel y Felix, en la puerta de la sede de Mensajeros de la Paz.

Después de jugarse la vida en el mar, ninguno ha encontrado en España lo que esperaba. Ni un trabajo con el que ayudar económicamente a su familia, ni un permiso de residencia. A pesar de que la Ley de Extranjería obliga a las Comunidades Autónomas a tramitar los papeles a los menores —de ahí que cada vez lleguen más a las islas—, ellos han sufrido mucho para conseguirlos. De hecho, los cuatro tenían más de 18 años cuando empezaron a ser considerados ’legales’. Ahora sufren las consecuencias de la crisis porque nadie les da un trabajo estable.

Pero sin duda lo más duro para ellos fue cruzar el Estrecho. Todos recuerdan con horror el viaje en patera. "No quiero ni volver a ver el mar", cuenta Daniel, también de 21 años, que perdió a su hermano a bordo de la barcaza en la que llegó a Fuerteventura con sólo 16. "Subir a una patera es ir entre el diablo y el mar", dice este ghanés que tuvo que pagar unos 700 euros por aquel hueco en la barca. Ahora, prefiere no hablar de aquello. "Muchísima gente muere, pero no se dice".

Tampoco Félix volvería a jugarse la vida. "Salí de Ghana y fui a Libia donde estuve trabajando para poder reunir los 900 euros que me costaba la plaza en la patera. Después estuve tres meses en Marruecos esperando a poder cogerla", recuerda. El día que salió su barcaza, salieron otras tres más. Todas llevaban 39 inmigrantes a bordo. "En la mía no hubo ninguna víctima, pero en otra murieron 32 de los 39".

"El problema es que los que llevan las pateras no tienen ni idea de cómo manejarlas", añade Sadik, que tardó un año en hacerse con los 600 euros que le pedían. Estuvo escondido en el Sahara y fue sacándose el dinero como limpiabotas. Todo para que a las seis horas de navegación el motor les dejase tirados en medio del mar. "Por suerte vino un barco de Salvamento Marítimo a por nosotros; nos decían en inglés ’tranquilos, os vamos a ayudar’".

La experiencia del marroquí Adnan fue distinta. "A mí me daba miedo subirme a una patera y pagué por un visado falso para poder llegar en barco", relata. Adnan ve a sus compañeros como héroes y por eso le indigna que "la gente les trata con desprecio. No saben lo que han sufrido hasta llegar aquí".

La decisión de venir a España

Tomar la decisión también fue difícil. Sadik, que también tenía 16 años cuando emprendió su aventura, decidió subirse a una patera porque "la vida en Ghana era muy complicada". Llevaba diez años sin ver a su madre, vivía con su abuela y no tenía trabajo. "Vine porque tenía que luchar para ayudarla, no podía estar allí de brazos cruzados", cuenta. Sin embargo, no se esperaba lo que se iba encontrar aquí.

Como todos los demás, su sueño era tener un trabajo. "Yo no quería estar en un centro de menores, venía a buscarme la vida", recalca Sadik. Aún así, para este joven ghanés, fue peor verse durmiendo en la calle. Ocurrió en dos ocasiones. Primero, cuando fue trasladado a Madrid desde las islas tras pasar 40 días en un centro de acogida (aunque era menor, ninguna Administración Pública se encargó entonces de su estancia en España). Y después, al cumplir los 18, tras ser expulsado de otro centro de menores.

Según el artículo 35.4 de la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, "una vez que haya quedado acreditada la imposibilidad de retorno (de un menor) con su familia o al país de origen, se le otorgará una autorización de residencia". Sin embargo, al cumplir los 18 años todos ellos tuvieron que abandonar los centros de acogida sin papeles.

(EFE)

Llegaron en una barcaza como ésta.

A Félix todavía le cuesta sonreír. Ha sido el último que ha conseguido el permiso de residencia y, como el resto, no lo logró hasta que intervino Mensajeros de la Paz Madrid. Tuvieron la suerte de ir a parar a esta ONG que les ha ayudado a hacer todo el papeleo. "He sufrido muchísimo para conseguir la documentación", recalca, "te llegas a volver loco". Después de que le denegasen dos veces la solicitud de permiso de arraigo, una vía de regularización para inmigrantes cuyos papeles no están en regla, Félix ha conseguido por fin legalizar su situación. A la tercera ha ido la vencida.

La nueva desilusión fue que los papeles tampoco dan un trabajo. Félix vino a España para sacar a su familia adelante. Tiene cuatro hermanos y de sus ingresos depende la vida que ellos lleven en Ghana. "Ahora que me he quedado en el paro, mis hermanos pequeños han tenido que dejar la escuela", se lamenta. Su principal objetivo es que ellos tengan estudios y ahí centra sus esfuerzos.

La imagen de España

Para Adnan su viaje iba a garantizarle una vida mucho más digna de la que llevaba en Marruecos. Es la idea que tenía de España después de ver cómo regresaban sus compatriotas que habían emigrado. "No veas qué diferencia entre lo que eran antes y lo que son cuando regresan. Se les ve con dinero, bien vestidos y yo quería ser igual".

Sadik tenía la imagen de que "en Europa la gente se forraba" y nada que ver con la realidad. Si ya de por sí a los inmigrantes les resulta difícil despegar, más lo está siendo por la crisis. De hecho, los cuatro insisten y repiten al unísono que no aconsejarían a nadie que se viniese.